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Consejos para volver al trabajo después de una licencia parental - Noticias  - Bumeran

El Ministerio de Trabajo bonaerense convocó a los gremios de trabajadores estatales a firmar el próximo martes el primer acuerdo general sobre condiciones de trabajo que contempla la ampliación de licencias, entre otros puntos, informaron voceros del Gobierno provincial.

El acuerdo que firmarán Estado y sindicatos enrolados en las leyes 10.430 y 10.471 implica «un régimen mejor, más equitativo e inclusivo, contribuyendo a reducir las desigualdades de género y dando cuenta de los cambios culturales, sociales y económicos de los últimos tiempos», explicaron.

Es que se trata de establecer un «enfoque de equidad de género, derechos de la niñez, interseccionalidad y no discriminación, motivo por el cual se privilegia el uso de lenguaje inclusivo y se sustituyen denominaciones que establecían diferenciaciones según el género», como por ejemplo, al denominar como “licencias parentales” en reemplazo de licencias “por maternidad” o “por paternidad”.

Entre los principales cambios, la medida fija que las personas gestantes contarán con una nueva licencia por cuidado del recién nacido de 45 días, que se suma a la de 90 días con la que ya contaban.

Asimismo, se podrá optar por utilizar, compartir o fraccionar con su corresponsable parental, quienes, además, pasarán de tener una licencia de tres días a una de 15.

Con el objetivo de «reconocer y otorgar derechos para los distintos tipos de conformaciones familiares que existen, a la vez de contemplar una serie de vicisitudes en la vida personal y familiar que no encontraban lugar en las leyes vigentes, también se incorporan otros cambios como licencias por adopción más extensas para lograr el fortalecimiento de los vínculos con la nueva familia».

También se contemplan licencias de nacimiento de niño o niña con discapacidad de hasta 180 días corridos.

Además la licencia por adopción pasa de 90 días a un período de entre 120 y 180 días, según edad la edad del niño o niña y la de causa o asuntos particulares pasa de 5 a 6 días.

También la licencia por fallecimiento del corresponsable parental se pasa de 2 o 3 días a un período de 1 a 3 meses, según la edad del hijo o hija menor de edad y a la licencia por atención de familiar enfermo se le adiciona otro período de 15 días a los 20 que ya estaban estipulados.