El Gobierno Nacional anunció este domingo 14 de mayo de 2023 la implementación de un amplio plan de facilidades de pagos y de alivio fiscal para las micro, pequeñas y medianas empresas (Mipymes) que tengan obligaciones fiscales vencidas y con una menor tasa de financiamiento.

Esta es una de las medidas que fueron definidas durante la tarde de ayer, en el marco de la reunión que encabezó el ministro Sergio Massa y en la que estuvieron presentes el secretario de Política Económica, Gabriel Rubinstein; el jefe de asesores de la cartera, Leonardo Madcur; el secretario legal y administrativo, Ricardo Casal; el presidente del Banco Central, Miguel Pesce; el titular de Administración Federal de Ingresos Públicos, Carlos Castagneto; el director general de Aduanas, Guillermo Michel; y el director del Instituto Nacional de Estadística y Censos, Marco Lavagna, entre otros.

En ese marco, resolvieron poner en vigencia un amplio programa de alivio fiscal y un «plan de facilidades de pagos para cancelar obligaciones tributarias y de los recursos de la seguridad social vencidas hasta el 30 de abril del corriente año».

La cartera económica detalló que se trata de un stock de deuda a regularizar por 456.063 millones de pesos, que comprende a 656.121 contribuyentes, de los cuales el 48,1% son micro y pequeñas empresas, el 11,5% son medianas y el 31,2% restante son pequeños contribuyentes y monotributistas.

De acuerdo con el tipo de deuda, el programa observó que el 54,6% corresponde a micro y pequeñas empresas, medianas Tramo I y monotributistas y en cuanto a las deudas por tipo de tributo, el 18% responde al Impuesto a las Ganancias, el 34% al Impuesto al Valor Agregado, el 3% al Impuesto a los Bienes Personales y el resto a otros gravámenes y tributos aduaneros.

El plan de facilidades de pago incluye a «las obligaciones impositivas y de los recursos de la seguridad social -incluidos sus intereses y multas- vencidas al 30 de abril pasado, multas impuestas, cargos suplementarios por tributos a la importación o exportación y liquidaciones de los citados tributos comprendidas en el procedimiento para las infracciones, así como sus intereses, todo ello conforme con lo previsto en el Código Aduanero -Ley N° 22.415 y sus modificaciones- formulados hasta el 30 de abril del corriente año».

Al mismo tiempo, se resolvió que el plan «incluya la deuda en discusión en sede administrativa-judicial como así también la incluida en planes caducos hasta la vigencia de la presente resolución general», en tanto que «no se permite la refinanciación de planes vigentes y no se incluye los vencimientos de ganancias y bienes personales -de personas humanas y sociedades- de diciembre de 2022».

En cuanto a las características del programa, las Mipymes podrán refinanciar sus deudas impositivas y aduaneras hasta 84 cuotas, mientras que con las obligaciones con la Seguridad Social podrán hacerlo en 36 cuotas.

Por su parte, con las deudas por retenciones y percepciones se podrán regularizar en 12 cuotas.

La tasa de interés aplicable para este segmento de empresas será la equivalente al 60% del interés resarcitorio. El programa quedará caduco en el caso de que los contribuyentes registren 3 cuotas impagas a los 60 días.

Para las medianas empresas del tramo I, las deudas impositivas y aduaneras podrán refinanciarlas en 48 cuotas, los aportes a la Seguridad Social en 24 cuotas y las deudas por Retenciones y Percepciones, en 6 cuotas.

En este caso la tasa aplicable será equivalente al 60% del interés resarcitorio y el plan quedará caduco con 2 cuotas impagas.

Para el resto de los contribuyentes que «incluye empresas que no tramitaron certificado de Mipyme, Personas Humanas y Medianas Empresas Tramo II», podrán refinanciar las deudas impositivas en 36 cuotas; los aportes a la Seguridad Social y las obligaciones aduaneras en 18 cuotas; y las retenciones y percepciones en 3 cuotas, con una tasa equivalente al 100% del interés resarcitorio.

En este segmento no se incluye a las Asociaciones Civiles y ONGs, ya que para estos casos se aplicarán las condiciones previstas al Plan para Micro y Pequeñas Empresas.

Las autoridades resolvieron que, para todos los casos y categorías de contribuyentes, el programa quedará caduco cuando se detecten operaciones de compra de dólar Contado con Liquidación «desde la adhesión del Plan».

La AFIP también dispuso un alivio fiscal para los planes vigentes de Mipymes con tasa Badlar y recordó que «en el marco de la pandemia por Covid-19, se aprobó la Ley 27.653 que amplió la moratoria establecida en la Ley de Solidaridad Social y Reactivación Productiva (27.541).

En este caso el problema se potenció debido a que desde abril pasado se aplica la tasa Badlar para bancos privados, que se encuentra en el orden de un 70% anual y debido a eso los planes de pago a partir de ese mes tienen aumentos sustanciales, afectando principalmente a las Mipymes.

Esta situación disparó el reclamo de las entidades pymes, entre ellas CAME, para que el Gobierno modifique esta situación y que vuelva a subsidiar la diferencia de tasa.

Al anunciar este cambio, desde Economía dijeron que esta medida generará «un alivio fiscal promedio del 50% de las cuotas mensuales de planes de pago que pagan las Mipymes en el marco de la moratoria de la Ley 27.563».

El organismo tributario ejemplificó que, dentro de un plan vigente de 120 cuotas para una deuda de 1.200.000 pesos, la cuota actual es de 71.500 pesos y con este nuevo programa de alivio fiscal, la cuota será de 32.500 pesos, lo que representa un ahorro de 55%.

Para un plan de 120 cuotas, con una deuda de 5.400.000 pesos, la cuota actual es de 336.000 pesos y con el alivio fiscal, la cuota pasará a ser de 153.400 pesos, lo que representa un ahorro del 54%.

En el caso de un plan de 89 cuotas y para una deuda de 100.000 pesos, la cuota actual pasará de 5.600 pesos a 2.860 pesos lo que representa un ahorro de 49%.

Finalmente, para un plan de 68 cuotas por 68.000 pesos y que paga actualmente 4.400 pesos, el nuevo alivio lleva la cuota a 2.405 pesos, lo cual implica un ahorro de 45%.