El Ministerio de Producción, Ciencia e Innovación Tecnológica bonaerense multó a la firma «Rappi» por 59 millones de pesos, y le ordenó la devolución del dinero cobrado en concepto de «tarifa de servicio» a usuarios del distrito.
En un comunicado, se precisó que el Gobierno había imputado en el mes de marzo a la empresa por el cobro de cargos adicionales compulsivos en violación a la Ley Nacional de Defensa del Consumidor, dándole la posibilidad de evitar la multa si retiraba ese extra, aunque la firma decidió no hacerlo.
En tanto, la compañía indicó que «rechazamos la medida y apelaremos ante la Justicia por considerarla inconsistente y basada en argumentos que no reflejan un entendimiento integral de la actividad.
«Nuestra operación siempre fue llevada adelante respetando el marco legal vigente, y nos hemos puesto a disposición desde el primer momento para generar instancias de diálogo y entendimiento con las autoridades de la Provincia de Buenos Aires, a las que al momento no han dado lugar», enfatizó en un comunicado la vicepresidenta de Mercados para América Latina de Rappi, Astrid Mirkin.
La empresa agregó que «la actividad de Rappi es la intermediación; brindamos una solución tecnológica que conecta a consumidores, negocios y repartidores, y lo hacemos de manera transparente para todas las partes».
Las autoridades provinciales señalaron que la compañía, «además del gasto por envío, cobra -y continúa cobrando- un cargo extra denominado `tarifa de servicio´ que no se informa con antelación y del que la persona consumidora se entera únicamente en el momento del pago».
«Se trata de un adicional que fue constituido claramente para aumentar las ganancias a costas de trasladar gastos y costos operativos de la propia plataforma a los consumidores y usuarios», se puntualizó.
Desde la cartera productiva se indicó que en el procedimiento llevado a cabo por la Dirección Provincial de Defensa de los Derechos de los Consumidores y Usuarios «se garantizó a ‘Rappi’ su derecho de defensa», y se puntualizó que, «sin embargo, la empresa se negó a modificar su conducta por lo que, además de la multa, se le ordenó cesar el cobro y suprimir el concepto ‘tarifa de servicio'» .
Sin embargo, la empresa detalló que el monto total que abonan los usuarios se compone de la siguiente manera:
-Costo de productos: es el costo de los alimentos o artículos que están comprando, cuyo importe es determinado por los comercios que venden mediante la plataforma.
-Tarifa de servicio: es el costo que corresponde por el uso, desarrollo tecnológico y la actualización permanente de la plataforma, que permite que los consumidores puedan realizar sus pedidos en los comercios de su barrio, aumentando las ventas de los mismos y promoviendo el desarrollo económico local.
-Costo de envío: es el valor que se abona en su totalidad a los repartidores por la entrega de los productos.
-Propina: es un valor opcional. Puede ser $0 si el usuario lo decide, o el monto que elija. El repartidor recibe el 100% de este concepto.
Así, las autoridades ordenaron a «Rappi» que arbitre los mecanismos adecuados para reintegrar a las y los consumidores bonaerenses los montos abonados por este concepto, que fue incluido en enero de 2022 y que hasta marzo de 2023 ya ascendía aproximadamente a 13 millones de pesos. Ese monto, actualizado a la fecha de hoy, deberá ser devuelto a usuarios y usuarias bonaerenses.
«No es en absoluto una actitud anti-empresa, sino al contrario, se le dio a la empresa la posibilidad de corregir esa cláusula, pero decidió no corregirla y por eso llega la multa», destacó el subsecretario de Desarrollo Comercial y Promoción de Inversiones provincial, Ariel Aguilar, y agregó: «Si Rappi quitaba ese concepto, la multa no llegaba».
En marzo de este año, la provincia de Buenos Aires ya había imputado a las empresas «Rappi» y «PedidosYa» por presuntas prácticas abusivas detectadas por autoridades bonaerenses, a partir del cobro de cargos extra en los envíos, con apercibimiento de aplicarles multas por más de 400 millones de pesos.
En aquel momento, se había detectado que las empresas no brindaban información detallada y precisa respecto a cuál era el motivo o la composición de la «tarifa por servicio» que aplicaban a sus usuarios y usuarias, y que obligaban a pagarlo para finalizar la compra, negando la posibilidad de rechazar el cargo.
De esta forma, ese cobro adicional resultaría una práctica abusiva por parte de las empresas, que aumenta el precio de los productos y servicios y traslada, a consumidores y usuarios, costos y gastos empresarios, propios de la actividad, que deben estar a cargo de las respectivas plataformas.